La Ley 21.461, conocida como 'Ley Devuélveme Mi Casa', es una norma chilena que agiliza la restitución de inmuebles arrendados cuando el arrendatario no paga la renta. Permite al propietario solicitar la restitución sumariamente y obtener la entrega en plazos considerablemente menores que el juicio tradicional.
Con esta ley el proceso puede resolverse en 3 a 6 meses en casos estándar, versus los 12-18 meses del juicio de arrendamiento tradicional. La celeridad depende de la disposición del arrendatario a aceptar la notificación y de la carga del tribunal.
El contrato debe constar por escrito y estar protocolizado en notaría o inscrito en conservador. Debe establecer el monto de la renta, el plazo del arriendo y la obligación de pago. Si el arriendo es verbal, primero hay que acreditar la relación contractual por otros medios.
Los honorarios dependen de la complejidad del caso. En Infantas Abogados ofrecemos evaluación inicial sin costo para determinar la estrategia óptima y explicar los honorarios. Los costos judiciales (papel, notificaciones, receptor) son adicionales y están regulados por la ley.
Primero enviar carta notarial requiriendo el pago. Si no hay respuesta en 10 días, se inicia la demanda judicial. Con la Ley Devuélveme Mi Casa se acorta significativamente el proceso. Nunca intente desalojar por la fuerza: es ilegal y puede resultar en denuncia por el arrendatario.
La Ley 21.461, conocida popularmente como "Ley Devuélveme Mi Casa", entró en vigencia en 2022 y transformó el escenario del arrendamiento en Chile. Permite al propietario recuperar su inmueble en plazos sensiblemente menores que el juicio de arrendamiento tradicional, incluso cuando el arrendatario se niega a entregar la propiedad por no pago de rentas o término del contrato.
El procedimiento es un juicio monitorio especial regulado en el Título IV del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil (arts. 680 y ss.). El tribunal, al recibir la demanda con los requisitos cumplidos, ordena de inmediato la restitución del inmueble. El arrendatario tiene solo 10 días para oponerse formalmente; de no hacerlo, la sentencia queda firme y se procede al desalojo.
Con un contrato que cumpla todos los requisitos y sin oposición del arrendatario, la restitución del inmueble se logra en 3 a 6 meses. Si el arrendatario opone excepciones (pago, falsificación, contrato vencido), el juicio se convierte en ordinario y puede extenderse a 8-14 meses. Sin esta ley, un juicio tradicional de arrendamiento demora 12 a 18 meses en promedio.
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